Lunes 22 de febrero 2021
Santo Domingo. La Tesorería de la Seguridad Social emitió la Resolución número 0003-2020, que establece el Procedimiento Administrativo Sancionador aplicable a los empleadores infractores de la Ley 87-01 y sus modificaciones.
Esta normativa forma parte de las nuevas atribuciones conferidas por la Ley 13-20 a cargo de la TSS como parte del fortalecimiento institucional otorgado, para lograr que los empleadores cumplan con sus obligaciones de reportar a todos sus trabajadores los salarios reales y con efectividad a la fecha en que comenzaron a prestar sus servicios a la empresa.
La resolución fue aprobada el pasado 23 de diciembre de 2020 y publicada el 2 de febrero de este año y, entre otras cosas, establece que los empleadores infractores a la Ley de Seguridad Social serán sancionados de conformidad con las disposiciones de la referida Resolución que dice en uno de sus considerando que se hace necesario establecer el procedimiento administrativo sancionador que regule las actuaciones que deben ser cumplidas en la determinación de infracciones y la aplicación de sanciones y multas a los empleadores.
Lo anterior tiene la finalidad de garantizar el debido proceso y el cumplimiento de todas las disposiciones legales y reglamentarias establecidas en la Constitución y las leyes de la República Dominicana.
En cuanto a la naturaleza de los cotizaciones y contribuciones al SDSS, la normativa dice que los costos y tributos que conforman las Notificaciones de Pago del Régimen Contributivo del Sistema, así como sus accesorios (recargos e intereses) representan derechos constitucionales al tenor del artículo 60 de la Constitución de la República Dominicana. En ese sentido, estos derechos no pueden ser susceptible de prescripción, renuncia, cesión, negociación o disminución de ninguna índole.
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